Por los fundamentos expuestos este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley, Declara: Con Lugar la Solicitud de Divorcio, basada en el artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos OMAR ANTONIO PIÑA SANCHEZ Y ZULIA DE JESUS ARAUJO, ya identificados, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que contrajeron el día dieciocho (18) de abril de 1991, por ante la primera autoridad civil de la Parroquia Carracciolo Parra Pérez, del Municipio Maracaibo Estado Zulia, como se evidencia en el acta de matrimonio No. 48, expedida por la referida autoridad civil. Así se Decide.-