Este Tribunal Segundo de Primera Instancia Penal en Función de JUICIO del Estado Monagas, "Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley", CONDENA al acusado HILCIO ALEJANDRO ROSILLO PEREZ, titular de la cédula de identidad N° v.- 9.900.522, a cumplir la pena de TRES (03) AÑOS y CUATRO (04) MESES DE PRESIDIO, (AHORA PRISIÓN), mas las penas accesorias de ley, por la comisión del delito de VIOLACIÓN, previsto y sancionado en el artículo VIOLACION en su encabezamiento, previsto y sancionado en el artículo 374 numerales 1 y 4 del Código Penal en concordancia con las circunstancias agravantes previstas en el artículo 77 numerales 1, 5, 8, 9 y 14 ejusdem; concatenado con los artículos 217 y 218 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente (unico aparte) y 176 del Código Penal