1) CON LUGAR la apelación interpuesta por la parte demandante.
2) SE REVOCA la decisión recurrida de fecha 11 de agosto de 2008, dictada por el Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el juicio que sigue el ciudadano CASTOR DE JESÚS SOTO VILLASMIL en contra de las sociedades mercantiles CONSTRUCCIONES, REPARACIONES Y ACONDICIONAMIENTOS FLOTANTES, S.A., (CRAF, S.A.), LINEA SOCIEDAD ANÓNIMA (LISA) y PERFORACIONES DELTA C.A.
3) SE DECLARA admisible la demanda, en consecuencia, a los fines de preservar el principio de la doble instancia, se ordena remitir el presente expediente al Tribunal de Juicio, para que previa valoración y análisis de las pruebas proceda a decidir el fondo de la controversia.
4) NO HAY CONDENATORIA en costas procesales.
Publíquese y regístrese.