Por las razones de hecho y de derecho explanadas, este TRIBUNAL DECIMO QUINTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, declara:
CON LUGAR, la solicitud de divorcio por falta de afecto marital, en atención a la Sentencia No. 1070/16, de fecha 09 de diciembre del 2016, dictada por Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, presentada por los abogados en ejercicio LINO ANTONIO GARCIA, inscrito en el inpreabogado No. 51.918, actuando en nombre y representación de la ciudadana YSABEL CAROLINA GUERRA BERMUDEZ, titular de la cedula de identidad No. V-17.684.848, domiciliada en la Republica de Argentina, representación que se evidencia en actas, y ALBA SANTELIZ GONZALEZ, inscrita en el inpreabogado No. 46.694 actuando en nombre y representación del ciudadano VINICIO ALBERTO ANGULO JURADO.....