n nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones TÍTULO SUFICIENTE DE PROPIEDAD a favor del ciudadano HERBETH FRANK ESPINA, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-15.595.684, domiciliado en la Calle Jesús Maria Patiño, cerca del estadio de futbol, Sector Bella Vista de la Ciudad de Porlamar, Municipio Mariño del estado Nueva Esparta; sobre la vivienda tipo Town House con las siguientes características: construida en estructura metálica, con bloques de ladrillos, losa, acero y platabanda, fachada principal en la parte alta esta cubierta de lajas y en la parte baja se encuentra grafitada, posee una puerta principal de rejas de hierro con vidrio, ventanas de vidrio, y en la parte alta un balcón con puertas corredizas de vidrio; consta de dos plantas: PLANTA BAJA: Sala, comedor y cocina empotrada en compuesto de virola con tope de piedra de cuarzo beige estelar de (3 mts) de largo por (1,42 mts) de al.....