Por los razonamientos antes expuestos, es por lo que este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio de la Sección de Adolescentes del Circuito Judicial Penal, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal, acuerda Autorizar al adolescente IDENTIDAD OMITIDA, a que asista los días Miércoles hasta la sede del Liceo Bolivariano Francisco de Miranda, ubicado en Los Bagres, en horario comprendido de 08:00 AM A 12:00 PM, iniciando el día 05 de Febrero de 2014 hasta el 30 de Abril del 2014, debiendo notificar al tribunal cualquier variación en el mismo, se mantiene la Medida prevista en el articulo 582 literal A de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes, Se ordena citar al adolescente para el día Lunes Diez (10) de Febrero de 2014, a las 09:00 horas de la mañana a los fines de imponerlo de la presente decisión. Así se.....