PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por DIFERENCIAS DE PRESTACIONES SOCIALES, sigue el ciudadano EDDY ALFONSO CARRERO QUINTERO, contra la Sociedad Mercantil CONSORCIO LP INGENIERIA, C.A.
SEGUNDO: SE CONDENA a la demandada Sociedad Mercantil CONSORCIO LP INGENIERIA, C.A., a pagar al ciudadano EDDY ALFONSO CARRERO QUINTERO, la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y NUEVE BOLÍVARES CON VEINTIOCHO CENTIMOS (Bs. 2.559,28), por las diferencias declaradas procedentes en la parte motiva del presente fallo.
TERCERO: SE ORDENA el pago de los intereses moratorios y la indexación, sobre las cantidades condenadas a pagar de acuerdo a los lineamientos establecidos por nuestro máximo Tribunal de Justicia en sentencia N° 1841 de fecha 11/11/2008, según el cual Omisiss "En lo que respecta al período a indexar de los otros conceptos derivados de la relación laboral, su inicio será la fecha de notificación de la demandada en el nuevo proceso y de citación en el procedimient.....