Por los fundamentos expuestos esta Sala de Juicio Unipersonal Nº 3 del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara. CON LUGAR la conversión de la solicitud de Separación de Cuerpos en DIVORCIO intentada por los ciudadanos; Yuleida Josefina Caballero Valles y Carlos Luís González, en consecuencia declara disuelto el vinculo matrimonial, que contrajeron en fecha veintiocho (28) de noviembre de 1998, contrajeron matrimonio por ante la Prefecto y Secretario respectivamente de la Parroquia Bolívar del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia del acta de matrimonio consignada, signada bajo el Nº (165)