... DECLARA CUMPLIDA la pena impuesta en la presente causa a favor del ciudadano Alix José González, titular de la cédula de identidad nro. 11.143.536, de conformidad con lo establecido en el artículo 105 del Código Penal, faltándole por cumplir la pena accesoria establecida en el artículo 16 del Código Penal, relativa a la sujeción a la vigilancia de la autoridad, la cual cumplirá desde la presente fecha hasta el día 24 de diciembre del 2003, debiéndose presentar cada treinta (30) días ante la oficina del alguacilazgo, ubicada en la planta baja de este Palacio de Justicia. Líbrese la boleta de libertad correspondiente y anexa a oficio remítase a la autoridad competente, haciendo la debida participación al penado que deberá presentarse ante este Tribunal el día siguiente de haberse notificado a los fines de imponerle del presente auto.