PRIMERO: NO RESPONSABLE y ABSUELVE al ciudadano FRANKLIN URINA MEULENS, del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL, previsto y sancionado en el en el artículo 405 del Código Penal, en perjuicio de quien en vida respondiera al nombre de RICAER ANTONIO CASTILLO ARAGON.
SEGUNDO: La parte dispositiva de la presente resolución, fue leída en presencia de todas las partes en la audiencia celebrada en data 10/12/15, conforme a lo previsto en el primer aparte del artículo 347 del Código Orgánico Procesal Penal, siendo explanada sintéticamente las razones de hechos y de derechos mediante la cual se fundamento el fallo; quedando notificadas en dicha audiencia todas las partes.