por lo que ACUERDA otorgar la prorroga que se encuentra establecida en el artículo 79 de la referida Ley Orgánica, a la Abogada. MARIA ELENA RONDON, en su carácter de Fiscala Tercera del Ministerio Público, la PRORROGA DE QUINCE (15) DIAS, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único de articulo 79 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia para la presentación del acto conclusivo correspondiente, en virtud de existir diligencias por practicar. Se ordena Notificar a la Fiscala Tercera del Ministerio Público, así como al imputado de autos y su defensa de lo anteriormente acordado; comisionándose al Departamento de Alguacilazgo para la práctica de la referida boleta. Ofíciese al Reten el Marite a fin de remitir boleta de notificación dirigida al imputado, a los fines de informarle la prorroga concedida. ASI SE DECLARA.
LA JUEZA SEGUNDA DE CONTROL ( E ) ,
DRA. NIDIA BARBOZA MILLANO
EL SECRETARIO,
ABOG. JULIO ARRIAS
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