Por los fundamentos expuestos este JUZGADO PRIMERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, por autoridad de la ley, declara HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes, se le imparte la aprobación y judicial decreto, pasándolo en autoridad de cosa juzgada, todo ello con motivo del juicio que por COBRO DE BOLÍVARES POR DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES seguido por el ciudadano ALBERTO JOSE ARIAS, venezolano, mayor de edad, de profesión mecánico, titular de la cédula de identidad Nº 3.191.813 y domiciliado en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistido por el abogado LUIS JOSE MARCHETTO BRICEÑO, con Inpreabogado Nº 40.836, en contra de la Empresa BRUCIANI & PALTRINIERI COMPAÑÍA ANÓNIMA (BRUPALCA) con domicilio Principal en la Carretera “N” entre avenidas 43 y 44 de ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, en la .....