PRIMERO: LA HOMOLOGACIÓN de la transacción celebrada en la presente causa, entre el ciudadano JHONNY ENRIQUE LOZANO SALAS y los co-demandados OPERADORA ROLLERTEC CLUB, C.A., y el ciudadano JOSÉ IGNACIO BAPTISTA ROMERO, absteniéndose de ordenar el archivo del expediente hasta tanto conste en actas el pago total según lo convenido, y en el supuesto que se incumpla con el pago de alguna de las cuotas, y se pidiere su ejecución, se remitirá el expediente al tribunal de instancia de origen a los fines de que se prosiga con la ejecución. SEGUNDO: No hay condenatoria en costas dada la naturaleza de lo decidido.