Por las razones expuestas, este JUZGADO DÉCIMO SEXTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara:
• INADMISIBLE la presente demanda que por COBRO DE BOLÍVARES (INSTIMACIÓN) incoara el ciudadano ENDHIR LANDER ARCE GUERRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 10.417.643, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 161.116, domiciliado en esta ciudad y Municipio Maracaibo del estado Zulia, en defensa de sus propios derechos e intereses, en contra del ciudadano DOUGLAS ENRIQUE ESCANDELA LEAL, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-15.162.797, de este domicilio, por no llenar los extremos establecidos en los Artículos 410 y 411 del Código de Comercio; conforme a lo preceptuado en los Artícu.....