Por los fundamentos expuesto, este JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, ACUERDA LA SEPARACIÓN DE CUERPOS DE MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos ANGIE PAOLA ALFONZO MARTÌNEZ y ALEJANDRO JOSE ZABALETA WOODROFFE, venezolanos, mayores de edad, cónyuges, titulares de las cédulas de identidad números V-23.514.837 y V-20.622.729, respectivamente, ambos domiciliados en el Municipio Cabimas del Estado Zulia, asistidos por la Abogada en ejercicio YULEXI VILLASANA GUTIÈRREZ inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 52.277, y ASÍ SE DECIDE.
No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.