III. DISPOSITIVO
Por los razonamientos expuestos en la parte motiva de este fallo, este TRIBUNAL SEGUNDO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia y por autoridad de la Ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR la solicitud de DIVORCIO fundamentada en el artículo 185-A del Código Civil, planteado por el ciudadano FÉLIX MARÍA ABREU, plenamente identificado en actas y debidamente asistido por el Abogado en ejercicio: DELIA RONDÓN, Inscrita en el Inpreabogado bajo el Número 48.172.
SEGUNDO: Se dejan a salvo los derechos de terceros.
TERCERO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza de la presente decisión.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.-
Déjese copia certificada por Secretaria del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil en concordancia con lo establ.....