Por los fundamentos precedentes, este Tribunal administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente demanda que por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE VENTA A CRÉDITO CON RESERVA DE DOMINIO sigue la Firma Mercantil "FAVRI MUEBLES C.A. contra MIGUEL TAREK WAKED AMMACHEHED y, por ende, declara resuelto el Contrato de Venta con Reserva de Dominio, factura Nº 13093, y condena a la parte demandada a hacer entrega a la empresa demandante el bien mueble que se identifica a continuación: Una (1) Vitrina de seis (06) puertas, Marca: Invitrel, Serial: 0292; Un (01) Frezzer Congelador 20 pies, Marca: Frigidare, serial: 31092, quedando las cuotas pagadas como justa compensación.
Así mismo, se condena al demandado, MIGUEL TAREK WAKED AMMACHEHED, antes identificado, en costas y costos procesales por haber sido vencido totalmente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 274 del Código del Procedimiento Civil.