Por los fundamentos expuestos, este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, como ORGANO DE ALZADA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
1.-) SIN LUGAR la apelación interpuesta por el Apoderado Judicial de la Parte Demandada abogado en ejercicio ARGENIS OLIVEROS, en el presente juicio de DESALOJO, seguido por la Sociedad Mercantil HOTEL CENTRO COMERCIAL DON PEDRO, C.A., contra el ciudadano MARTINEL APOSTOL CORONEL LAMEDA, antes identificados.-