Por los fundamentos antes expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este JUZGADO SÉPTIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
1.- IMPROCEDENTE la demanda incoada por la sociedad de responsabilidad limitada EL MORICHAL en contra del ciudadano JESUS BENITO MARIN STRUBE por CUMPLIMIENTO DE CONTRATO.
2.- SE MANTIENE al ciudadano, JESUS MARIN STRUBE, venezolano, mayor de edad, portador de la cédula de identidad N° 4.994.877, y domiciliado en la ciudad y municipio Maracaibo del estado Zulia, en la posesión como arrendatario del inmueble constituido por una oficina signada bajo el Nº 1-A, que forma parte del edificio Cuarta Avenida, ubicada en la Avenida 4 (Bella Vista), Nº 86A-101, en jurisdicción de la parroquia Santa Lucia del Municipio Maracaibo del Estado Zulia.
3.- Se condena .....