Este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Expresa Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la OPOSICION formulada por la representación del Municipio Santiago Mariño del Estado Nueva Esparta ampliamente identificada en autos.-
SEGUNDO: Se ordena levantar la medida ejecutiva de embargo hasta por la cantidad de DOS MIL QUINIENTOS VEINTIDOS MILLONES TRESCIENTOS ONCE MIL VEINTE BOLIVARES CON OCHENTA Y CUATRO CENTIMOS (Bs.2.522.311.020, 84)
TERCERO: Queda embargada ejecutivamente a favor de los trabajadores accionantes la cantidad de SETECIENTOS TETENTA Y UN MILLONES CIENTO TREINTA Y TRES MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CERO DOS CENTIMOS (Bs.771.133.864,02) para ser entregado a éstos.
CUARTA: No hay expresa condenatoria en costas dada la naturaleza del pr.....