Con fundamento, en los hechos y el derecho invocado, este JUZGADO PRIMERO DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, EXTENSION SANTA BARBARA DE ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA LA DEVOLUCION EN CALIDAD DE DEPOSITO el vehículo Marca: Marca: Ford; Modelo Fairlane; Color Automóvil; Placas: XIG-796; Serial de Carrocería: AJ4NR68253; Serial de Motor: V-8; Año: 1.977; Tipo: Sedán; Clase: Automóvil; al ciudadano ANTONIO BENITO ALBORNOZ URDANETA, Venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-7.900.307 y residenciado en Encontrados, calle San Juan, con avenida Urdaneta, casa s/n, diagonal al expendio de Licores El Mamón, Municipio Catatumbo del Estado Zulia, de conformidad con lo establecido en el artículo 311 del Código Orgánico Procesal Penal Vigente, y Sentencia de Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, de fecha 06 de agosto de 2004. En consecuencia, se orden.....