DECISIÓN
Vistos los razonamientos y fundamentos de hecho y de derecho precedente y relacionado de la presente causa. Por las razones antes expuestas y relacionadas este Juzgado Superior Accidental en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara;
PRIMERO: SIN LUGAR LA APELACIÓN interpuesta por la interpuesta por la abogada Belkys Guerrero Vivas, apoderada judicial de la parte Demandada contra la Decisión Interlocutoria de fecha 30-09-04 dictada por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta. En consecuencia se confirma el fallo de fecha 30.09.2004 dictado por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Agrario de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva .....