DISPOSITIVA
Por los fundamentos anteriormente expuestos, esta SALA Nº 2 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: COMPETENTE AL TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA para el conocimiento de las causas que dieron origen al conflicto de competencia planteado, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 68 ordinal 4° del Código Orgánico Procesal Penal,
SEGUNDO SE le informa al Juzgado Tercero de Primera Instancia en funciones de Juicio del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, de la obligación en la que se encuentra por ser el juzgado declarado competente de notificar a las partes de la continuación de la causa;
TERCERO: SE acuerda notificar al Juzgado Undécimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Z.....