DISPOSITIVO
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA CON SEDE EN MARACAIBO, administrando justicia en nombre de la REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y por autoridad de la ley, declara:
ÚNICO: IMPROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados MIGUEL BERNAL y LEYMAR PORTILLO en sus condiciones de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil CATATUMBO TV., C.A., referida a la suspensión de los efectos de la Providencia Administrativa No. 140/14 de fecha 22 de julio de 2014, emanada de la Inspectoría del Trabajo "Dr. Luís Homez" de Maracaibo del Estado Zulia, que declaró Con Lugar la solicitud de reenganche y pago de salarios caídos en el procedimiento instaurado por los ciudadanos ODUAL RAMIREZ, ADRIAN TOLEDO, PEGGY MARQUEZ, DODANIN MARQUEZ, ALEXANDER VARELA, DIEGO MARQUEZ, INGELBERT GOMEZ, LEONARDO CARRERO, SIMON JARAMILLO, ARCEN MORILLO y JORGE SOTO.
PUBLÍQUESE y RE.....