RESOLUCIÓN N° PJ007-2014-000207. Se decreta el decaimiento de la medida privativa judicial preventiva de libertad decretada en fecha 06 de abril de 2012, en la persona del acusado LOUIS JOSÉ MAITA DIAZ, titular de la cédula de identidad Nº 18.079.747, por el Tribunal Tercero de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Monagas, ello de conformidad con el artículo 230 del Código Orgánico Procesal Penal, por cuanto ha transcurrido más de dos años, estando el acusado privado de libertad, sin que se haya producido una sentencia y vencida la prorroga de seis meses acordada por este Tribunal a petición del Ministerio Público, en consecuencia se declara CON LUGAR la solicitud de la defensa de medida cautelar sustitutiva, ello de conformidad con lo pautado en el artículo 230 y 242 numeral 3° del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en un régimen de presentaciones cada quince días por ante este Tribunal.