Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado Superior Quinto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley declara:
COMPETENTE para conocer el presente recurso contencioso administrativo de nulidad, interpuesto por la Abogado en ejercicio CAROLA MUNDO PETIT, inscrita por ante el Instituto de previsión Social del Abogado con matricula Nro.87.714, actuando con el Carácter de Apoderado Judicial de la Empresa FRIGORIFICO INDUSTRIAL SUR DEL LAGO C.A., FRISULCA" en donde interponen RECURSO DE NULIDAD POR RAZONES DE INCOSTITUCIONALIDAD E ILEGALIDAD del Acto Administrativo contenido en la certificación médica DE DISCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE PARA EL TRABAJO HABITUAL contenida en el oficio Nro.0039-2013, de fecha 16 de Enero de 2013, dictado por el Instituto Nacional de Prevención, Salud y Seguridad Laborales (INPSASEL), acompañado con solicitud de medida Caute.....