ADMITE la demanda de Cobro de Créditos Fiscales intentada por la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA por órgano de la Aduana de Maracaibo, contra la sociedad mercantil INDUSTRIAS PROCESADORAS, C. A. (IMPROCA), anteriormente identificada, le da el curso de ley; y acuerda intimar al ciudadano JOSÉ ENRIQUE RINCON RINCON, antes identificado, por sí y en representación de la demandada INDUSTRIAS PROCESADORAS, C. A. (IMPROCA).