Examinados los documentos acompañados y la norma UT supra transcrita, este Juzgado de Segundo de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: Que son suficientes los derechos que tienen los ciudadanos MIRSIA MARGARITA YANEZ DE RODRIGUEZ, JOHANNA ROSALY, CARLOS RAMON y WILFREDO JOSE RODRIGUEZ AÑEZ, como UNIVERSAL HEREDERO del causante LENIN ANTONIO RODRIGUEZ ALVAREZ .- ASI SE DECLARA.-