Por los fundamentos expuestos, este Juzgado Superior en lo Civil, Mercantil y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
• HOMOLOGADO, el Desistimiento del Procedimiento formulado por la parte actora, ciudadana LESBIA GLENIS HERNANDEZ CUBILLAN, ya identificada, y en consecuencia;
• Se da por consumado la citada actuación procesal y se procede como en sentencia pasada por autoridad de cosa juzgada.
• Se ordena remitir inmediatamente el presente expediente, al Juzgado Primero de los Municipios Cabimas, Santa Rita y Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, hoy Juzgado Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas.
Dada la naturaleza de lo decidido no se hace especial pronunciamiento sobre las Costas .....