Por lo expuesto, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, este Juzgado Superior Segundo del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en uso de sus facultades legales, administrando justicia por autoridad de la Ley, declara:
1. DESISTIDA LA APELACIÓN interpuesta contra la decisión de fecha 05 de agosto de 2011, dictada por el Tribunal Décimo Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia con sede en Maracaibo, en el juicio que siguen los ciudadanos RAFAEL ANDRADE y RONALD ÁLVAREZ, en contra de la sociedad mercantil PEMEGAS, C.A., en consecuencia, con fuerza de cosa juzgada la decisión recurrida.
2. SE CONDENA en costas procesales a la parte recurrente, de conformidad con el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo