En virtud de la motivación anteriormente expuesta, este Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara de Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Entrega en forma plena y sin ningún tipo de restricción al ciudadano JOSE LUIS VIVAS, quien dijo ser de nacionalidad venezolana, natural de Tariba, Estado Táchira, de 41 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio chofer, titular de la cédula de identidad N° V- 9.247.466, residenciado en San Cristóbal, carrera 16, N° 17-72, La Romera, Estado Táchira, asistido por la abogada en ejercicio ciudadana ROSIBELL BRACHO CHACIN, titular de la cédula de identidad No. V-14.844.629, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 117.736, domiciliado en el sector El Paraíso, avenida 13, Nº 1-131, frente al Cuerpo de Bomberos, Santa Bárbara de Zulia, Municipio Colón.....