Por las razones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Tribunal Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: Desistido el recurso de apelación interpuesto por la parte demandante, en consecuencia, queda confirmado el auto, de fecha 06 de agosto de 2009, dictada por el Juzgado Octavo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Nuevo Régimen Procesal del Trabajo de la Circunscripción Judicial del estado Monagas, en la causa que por Calificación de Despido, incoara el ciudadano CARLOS URRIOLA contra la MERCADOS DE ALIMENTOS MERCAL, C. A., ya identificados. Particípese al Tribunal a quo, de la presente decisión. Líbrese Oficio. Remítase el expediente al Tribunal de causa en su oportunidad
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dado, firmado y sellado en sala de este Despacho, en Maturín a los cinco (05) día del mes de Octubre de dos .....