Por las razones de hecho y de derecho, antes expuestas, este JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de revisión y sustitución de medidas formulada por la Defensora Pública N° Octava, Abogada NANCY ACOSTA, y en consecuencia REVOCA la medida de la privación de libertad impuesta al ciudadano FELIPE SEGUNDO URDANETA, portador de la cédula de identidad No. V-11.29.244, venezolano, de 38 años de edad, soltero, ayudante de mecánica, natural de Maracaibo, y residenciado en el Barrio Brisas del Norte, calle 11, casa Sin número, Municipio Maracaibo, Estado Zulia, por la presunta comisión de los delitos de VIOLENCIA FISICA y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los Artículos 17 y 20 de la Ley sobre la Violencia contra la Mujer y la Familia, en concordancia con el artículo 36 ejusdem, en perjuicio de.....