Una vez allí constituido procedió a notificar del objeto de su traslado al Ciudadano (a): MILENA ACURERO, Venezolano (a), Mayor de edad, titular de la cédula de Identidad numero: 12.329.176.- En su carácter de: Analista de Recursos Humanos de la SOCIEDAD MERCANTIL CEMENTACIONES PETROLERAS VENEZOLANAS, S.A. (CPVEN).- En este estado presente la parte actora ciudadana AMARILIS DEL CARMEN VELASQUEZ DE GARCÍA, antes identificada, con la asistencia antes dicha expuso: Señalo al tribunal para que sean embargados preventivamente: PRIMERO: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las ganancias de las acciones preferenciales de Tipo B, que posee el ciudadano JUSTINIANO RAMÓN GARCÍA, titular de la Cédula de identidad Nº V-5.721.163, en la SOCIEDAD MERCANTIL CEMENTACIONES PETROLERAS VENEZOLANAS, S.A. (CPVEN).- En este estado este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Ju.....