REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA, SIMÓN BOLIVAR, LAGUNILLAS, VALMORE RODRÍGUEZ, MIRANDA Y BARALT
El día de hoy, 05 de Octubre del año Dos Mil Seis (2006), siendo las 12:15 minutos del mediodía día y hora fijados por el Tribunal para llevar a efecto la Ejecución de la Medida de Embargo Preventivo decretado en el Juicio de DIVORCIO, seguido por la Ciudadana: AMARILIS DEL CARMEN VELASQUEZ DE GARCÍA, Titular de la cedula de identidad N° V- 4.496.774, en contra del ciudadano: JUSTINIANO RAMÓN GARCÍA, Titular de la Cédula de Identidad N°V- 5.721.163 por ante el TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, CON SEDE EN CABIMAS, JUEZ UNIPERSONAL Nº 1 y para lo cual fue comisionado este Tribunal.- A señalamiento de la parte actora ciudadana AMARILIS DEL CARMEN VELASQUEZ DE GARCÍA, antes identificada, asistida por el (la) Abogado (a) en ejercicio JOSE TOMAS QUINTERO ORTIZ, Titular de la cedula de identidad N° V-5.718.163 inscrito (a) en el inpreabogado bajo el N°57659, se trasladó y constituyó este Órgano Ejecutor de Medidas en la sede del BANCO MERCANTIL ubicado en La Calle Vargas con esquina Calle Bermúdez, Centro Comercial Centro Ojeda, local 9 Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia.-