Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Septimo de Ejecucion del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, OTORGA PERMISO al penado JOSE RAMON PARRA, por un lapso de cuarenta y ocho (48) horas a partir del dia de hoy miercoles 05-10-05, debiendo regresar el mismo a la Carcel Nacional de Maracaibo el dia Viernes 07-10-05 a las seis (6:00) de la tarde, de conformidad con lo establecido en el articulo 62 Ordinal 1° de la Ley de Regimen Penitenciario. Registrese la presente decision y librese oficio a la Directora de la Carcel Nacional de Maracaibo y a la Delegado de prueba Abog. Nelcida Briceno.