Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrado Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la presente acción intimatoria, incoada por el ciudadano FELIX ANTONIO MORABITO GOMEZ, en su carácter de endosatario del ciudadano PEDRO LUIS YAÑEZ BOJETTE, contra el ciudadano FRANCISCO DANIEL GASCON SICMONIN, todos plenamente identificados al inicio de esta decisión. Se acuerda dejar copia certificada de los instrumentos acompañados junto con el libelo, en el copiador de sentencia.
Publíquese, regístrese, incluso en el Sitio Web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve y déjese copia de la presente decisión de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.
Dada Firmada y Sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil.....