Dispositiva.
Por los razonamientos que anteceden, este Juzgado Superior Primero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas de conformidad con lo establecido en los artículos 12, 242, 206 y 208 del Código de Procedimiento Civil, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: Primero: De Oficio la Reposición de la presente Causa, al estado de librar la citación por edictos de los herederos desconocidos del ciudadano Alfredo Antonio Anderico, conforme lo dispone el artículo 231 del Código de Procedimiento Civil y una vez que se cumpla dicha formalidad continuar con la sustanciación del presente litigio. Segundo: Parcialmente Con lugar el Recurso de Apelación, en virtud de no haberse concedido todo lo peticionado, en dicha apelación ejercida en fecha 21 de mayo de 2.024, por la abogada Alix Rojas Rosario, actuando en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante ciud.....