PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado NESTOR PEREYRA FIGARI, defensor público Vigésimo Tercero Penal Ordinario, en su carácter de defensor del imputado AURELIO RAMON LIZARDO MORENO, identificado en actas, en contra de la decisión N° 497-14, de fecha 26 de mayo de 2014, emanada del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual se acordó medida de privación judicial preventiva de libertad al referido ciudadano.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión N° 497-14, de fecha 26 de mayo de 2014, emanada del Juzgado Sexto de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, mediante la cual decretó Privación Judicial Preventiva de Libertad, al ciudadano antes mencionado, por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE FRUSTRACION, previsto y sancionado en el artículo 458 del Código Penal, en concordancia con el artículo 80 eiusdem, .....