Este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda de DIVORCIO incoada por la ciudadana CARMEN ADELA GUTIÉRREZ RIVAS contra el ciudadano ELÍAS RAMÓN ARAUJO BRICEÑO, ambos ya identificados, quedando en consecuencia, vigente el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha 20 de Julio de 1971, ante la actual Jefatura Civil de la Parroquia Santa Lucía del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, acta Nº 230.