DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos en la parte motiva de esta decisión, este TRIBUNAL OCTAVO DE JUICIO PARA DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO:. SIN LUGAR la demanda interpuesta por el ciudadano ÁNGEL GONZÁLEZ en contra de la sociedad mercantil RIDER DE VENEZUELA. C.A (RIVECA)., por concepto de reclamo de ticket de alimentación y Otros Conceptos Laborales
SEGUNDO:. No Hay Condenatoria en Costas, en virtud de que el demandante no devengaba más de tres (03) salarios mininos, según lo establecido en el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo
Publíquese, Regístrese
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo, de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en el artículo 1......