Por los razonamientos expuestos y con apego a lo establecido en los artículos 33 de la Ley de Arrendamiento Inmobiliario, 881 del Código de Procedimiento Civil y 1.167 del Código Civil. Este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO LAGUNILLAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Ciudad Ojeda, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR la demanda por RESOLUCIÓN DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por la Sociedad Mercantil IMPRESORA TECNICA DEL LAGO COMPAÑÍA ANONIMA (IMPRELAGO) en contra del Ciudadano OMAR OBELMEJIAS