En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara SIN LUGAR el Recurso de Apelación presentado por el abogado JHEAN CARLOS GONZÁLEZ, Defensor Público Vigésimo Cuarto Penal Ordinario adscrito a la Unidad de Defensa Pública del Estado Zulia, actuando con el carácter de defensor de los ciudadanos JUAN MANUEL VILLALOBOS MAICAN y JEAN CARLOS MARTÍNEZ, contra la Decisión Nº 682-09, de fecha veintisiete (27) de Junio de 2009, emitida por el Juzgado Décimo de Primera Instancia en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, la cual decretó Medida de Privación Judicial Preventiva de Libertad en contra de los ciudadanos antes referidos, y del ciudadano TITO IGUARAN PRIETO, por la presunta comisión del delito de TRÁFICO EN LA MODALIDAD DE TRANSPORTE ILÍCITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSI.....