En fuerza de las consideraciones anteriormente expuestas, esta Jueza Primera de Primera Instancia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes para el Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD DE CONVERSIÓN DE SEPARACIÓN DE CUERPOS Y BIENES EN DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos ANGEL MIGUEL CARABALLO y ERMELINDA NOELIS MARCANO, venezolanos, mayores edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nros V-5.476.184 y V-4.946.138 respectivamente, debidamente asistidos por las Abgs. ISMENIA MAGO DE ROSAS y ELVIRA GONZALEZ ABAD, inscritas en los Inpreabogados bajo los Nros 32.413 y 7.785 respectivamente, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil Declara DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL QUE LOS UNIA contraído en fecha 19 de Marzo de 1992, por ante la Prefectura Civil.....