DISPOSITIVO:
Por los fundamentos antes expuestos, este TRIBUNAL OCTAVO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA:
PRIMERO: INADMISIBLE la solicitud de Divorcio interpuesta por los ciudadanos Olga Del Carmen Villasmil Muñoz y Armando De Jesús Espina Rodríguez, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 5.830.806 y 4.747.461 respectivamente, asistidos por el profesional del derecho Ángel Alberto Delgado, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 166.555, en atención a la falta de firma del ciudadano Armando De Jesús Espina Rodríguez, de conformidad con la norma adjetiva civil.
SEGUNDO: No hay condenatoria en costas en virtud de la naturaleza del fallo.