PRIMERO: COMPETENTE para conocer del recurso de apelación. SEGUNDO: SIN LUGAR la solicitud de reposición de la causa, solicitada por la Procuraduría General de la República. TERCERO: SIN LUGAR el recurso de apelación interpuesto por la sociedad mercantil FABRICACIONES E INSTALACIONES INDUSTRIALES S.A. (FAINSA), contra la decisión de fecha 2 de mayo de 2016, proferida por el Tribunal Quinto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Circuito Judicial del Trabajo del Estado Zulia, con sede en Maracaibo. CUARTO: Como consecuencia de la declaratoria que antecede, CONFIRMA la referida decisión por las razones expuestas ampliamente en este fallo. QUINTO: SIN LUGAR la demanda de nulidad incoada por la sociedad mercantil FABRICACIONES E INSTALACIONES INDUSTRIALES S.A. (FAINSA) contra la Providencia Administrativa No 0001/ 15 de fecha 20 de enero de 2015, dictada por la INSPECTORÍA DEL TRABAJO SEDE GENERAL RAFAEL URDANETA, ESTADO ZULIA, que declaró con lugar.....