PRIMERO: SE DECLARA INCOMPETENTE para conocer la presente causa, y por ende, los recursos de apelación interpuestos por los profesionales del derecho MARIA BEJARANO, en su carácter de defensora de los ciudadanos ANGEL EDUARDO ALVAREZ AVILEZ y ELEAZAR ANDREZ GUERRA COLINA, los profesionales del derecho RAFAEL SOTO MORAN, JOSE LUIS DELFIN y JUAN COELLO HERNANDEZ, abogados en ejercicio, en su carácter de defensores del ciudadano ORUZMAN NEGRETTE FLORES, y por el abogado EROL OSCAR EMANUELS SPERANDIO, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 130.330, en su carácter de defensor de los ciudadanos CESAR AUGUSTO GUADAMA SERVIGNA, y NILIA COROMOTO NAVAS MARCHAN, contra la decisión emanada del Juzgado Décimo de Primera Instancia Estadal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia. SEGUNDO: Declara COMPETENTE, a la SALA N° 3 DE LA CORTE DE APELACIONES DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, de conformidad con la resolución N° 2013-0025, de fecha 20/11/2013, emanada de.....