En el día hábil de hoy, 5 de Junio de 2014, siendo las 1:44 PM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, comparece los apoderados judiciales abogados Mack Barboza y Kristal Barboza en representación de la demandante y SERVICIOS BIOTECNICOS (SERBIOTEC) en su condición de parte demandada, debidamente representada por la apoderada judicial abogada Carolina Bracho, quienes han llegado al siguiente acuerdo, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, la demandada paga en este acto la cantidad de un mil ochocientos cuarenta bolívares (Bs. 1.840,00). Este Tribunal en vista de que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el mismo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES.