En consecuencia, por los fundamentos ya expuestos, éste JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS CABIMAS, SANTA RITA Y SIMÓN BOLÍVAR DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, actuando como primera instancia; según Resolución N° 2009-0006 de la Sala Plena del Supremo Tribunal, dictada en fecha 18 de Marzo de 2.009, donde se modificó a Nivel Nacional las competencias de los Juzgados, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DIRECTO del de cujus ANDRES EMIRO URRIBARRI IRIARTE, ya identificado, a la ciudadana ARINDA DEL CARMEN MINDIOLA de URRIBARRI (Difunta), titular de la cédula de identidad número V-11.284.913, en su condición de esposa y los ciudadanos THAIS COROMOTO URRIBARRI MINDIOLA, MARIBEL ETILBIA URRIBARRI MINDIOLA, EMIRO LUIS URRIBARRI MINDIOLA, RODOLFO JOSÉ URRIBARRI MINDIOLA, ANDRES ENRIQUE URRIBARRI MINDIOLA y ANDRES BENITO URRIBARRI DÍAZ, titulares de las cédulas de identid.....