Por los fundamentos antes expuestos, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, con sede en Cabimas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA:
A.- APROBADO Y HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO suscrito en fecha Treinta y Uno (31) de Mayo de 2012, por los ciudadanos: JOSE ANTONIO PARRAGA RODRIGUEZ, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-12.328.159, domiciliado en Ciudad Ojeda, Municipio Lagunillas del Estado Zulia, asistido por el Abogado en Ejercicio JORGE THOMAS TORRES, inscrito en el Inpreabogado bajo el No. 37.724. Asimismo compareció la parte demandada, ciudadana: MARILEN DEL CARMEN VASQUEZ DELGADO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-13.209.060, domiciliada el Sector Tía Juana, Municipio Simón Bolívar del Estado Zulia, asistida por el Abogado en Ejercicio EDG.....